La Generalidad de Cataluña ha creado una ayuda para la creación de eCommerce para establecimientos de venta presencial.
Una buena oportunidad para incrementar las ventas y ampliar el área de influencia comercial de tu negocio.
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Especificaciones de la subvención
Objeto:
La creación del eCommerce de un punto de venta presencial con establecimiento a pie de calle como plataforma adicional del establecimiento comercial para incrementar las ventas y el área de influencia comercial de la empresa.
Plazo:
Hasta el 12.05.2015 Beneficiarios/as: Empresas (personas físicas o jurídicas) del sector del comercio, de los servicios la artesanía y la moda.
Requisitos:
Todos los beneficiarios de esta acción deberán disponer de forma permanente de un establecimiento comercial a pie de calle.
El eCommerce debe ser de nueva creación quedando excluidas las acciones de modificación o actualización de eCommerce existentes.
Los beneficiarios de esta acción deben implementar un eCommerce disponible correctamente en al menos dos idiomas, siendo uno de ellos obligatoriamente en lengua catalana.
El beneficiario debe contratar el proyecto de eCommerce a una empresa especializada del sector del Marketing digital. Se excluye la posibilidad de contratarlo con entidades de derecho público.
Que el eCommerce disponga de una pasarela de pago que se ciña a los estándares del certificado de seguridad SSL (Secure Socket Layer), o en su defecto, aplique un protocolo de seguridad (para garantizar la máxima seguridad) en la transmisión cifrada de los datos en las compras realizadas con tarjeta descrédito.
Los beneficiarios de esta acción deben tener una presencia continua en al menos dos de las Redes Sociales Digitales más comunes (Fan Page en Facebook, Twitter, Instagram, Pinterest, etc...).
Que el eCommerce disponga de un diseño adecuado para que sea Responsive, y que facilite la rapidez dela compra, así como disponer de una arquitectura web orientada a los servicios.
La inversión mínima para la creación del eCommerce será de 1.000,00 euros.
Es indispensable que antes del 31 de diciembre de 2015, la web de eCommerce esté perfectamente operativa.
Limitación máxima del programa:
Solo se puede solicitar una ayuda por beneficiario.
Conceptos subvencionables:
Dominio, hosting, diseño, programación y mantenimiento de la página de eCommerce de la propia empresa. Gastos de comunicación directamente relacionadas con la promoción de las nuevas herramientas.
Cuantía de la subvención:
Hasta el 50% de los gastos (IVA excluido) con un máximo de 3.000,00 euros. Serán sólo subvencionables las facturas emitidas durante el año 2015.